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MANDATO ESPECIAL BANCARIO

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¿En que consiste un Mandato general bancario?

El Mandato Especial Bancario, es un tipo de poder que se confiere por Escritura Pública firmada ante Notario, por medio del cual se otorga a un tercero las facultades necesarias,  para que en representación del mandante, pueda actuar ante las distintas entidades bancarias llevando a cabo tantas operaciones bancarias como el mandante estime necesarias. 

MANDATO GENERAL BANCARIO

Características
  • En el ejercicio de este mandato, el mandatario podrá, por ejemplo, abrir o cerrar cuentas bancarias a nombre del mandante, girar, sobregirar en las mismas, solicitar préstamos, etc.
  • Este mandato suele conferirse a personas de confianza, a quienes se le confía la realización de trámites de carácter personal, ya que por algún impedimento el titular no podrá realizarlos el mismo.
  • Los bancos suelen ser muy exigentes con los documentos de representación, por lo que un mandato especial para actuar en nombre de un tercero respecto de sus cuentas bancarias, es siempre la manera más efectiva de asegurar el éxito en el desarrollo de los trámites y operaciones bancarias.

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